La Asociación Latinoamericana de Tecnologías Sin Zanja (Latin American Society for Trenchless Technology) LAMSTT con NIT 900.302.779-1, comprometida con la transparencia en sus actividades ha desarrollado esta POLÍTICA ANTICORRUPCIÓN Y ANTISOBORNO para ser cumplido como principios y valores de la organización y en atención a la legislación vigente.
Declaración de la Política
La filosofía empresarial LAMSTT, y su estrategia de crecimiento en los diferentes países en Latinoamérica, exige disponer de los más altos estándares internacionales; además de un cumplimiento irrestricto del marco normativo tanto local como internacional.
Por estas razones, han adoptado dentro de sus principios y prácticas de negocio, políticas tendientes a estructurar sus operaciones en un marco de ética y transparencia que garanticen la continuidad y sostenibilidad de los negocios, buscando además con esto salvaguardar el capital reputacional contribuyendo e impactando positivamente a las comunidades donde opera.
La Política Anticorrupción y Antisoborno tiene como propósito declarar públicamente su compromiso con un actuar ético y trasparente ante sus grupos de interés y conducir sus negocios de una manera socialmente responsable, actuando con una filosofía de cero tolerancia con cualquier acto de corrupción y soborno.
Esta política es aplicable a todos los empleados, así como a todas las partes relacionadas y grupos de interés, entendidos estos como: clientes, proveedores, afiliados, contratistas, subcontratistas; y en general a todos aquellos con quienes de manera directa o indirectamente se establezca alguna relación comercial, contractual o de cooperación.
1. Definiciones
Corrupción: todo hecho, tentativa u omisión deliberada para obtener un beneficio para sí o para terceros en detrimento de los principios organizacionales, independiente de los efectos financieros sobre las empresas.
Soborno: Ofrecer, prometer o dar algo de valor a otra persona, de forma directa o indirecta, con la intención de inducir a esa persona a actuar inapropiadamente en el desempeño de sus funciones o Solicitar, acordar recibir, o aceptar cualquier cosa de valor de otra persona, de forma directa o indirecta, con la intención de inducir a quien recibe a actuar inapropiadamente en el desempeño de sus funciones (i.e. soborno pasivo).
2. Principio General
Por principio general, la organización no acepta, promueve, cohonesta o encubre la corrupción o el soborno, y declaran su firme compromiso de llevar a cabo sus negocios de forma transparente y sin recurrir a este tipo de prácticas.
3. Funciones y Responsabilidades
Empleados. Los empleados deben conocer y cumplir con el Código de Conducta, las políticas relacionadas y sus obligaciones bajo esta Política. Los empleados deben informar inmediatamente al área de Ética y Cumplimiento sobre infracciones, presuntas violaciones o preguntas relacionadas con esta Política.
Directivos. Deben asegurarse de que los empleados bajo su supervisión estén al tanto y cumplan con esta Política.
Junta Directiva. La Junta Directiva, como máximo órgano de Gobierno y Control, definirá la política Anticorrupción y Antisoborno y la mantendrá actualizada conforme a las revisiones periódicas que se adelanten. Será responsable de hacer seguimiento las denuncias que sobre hechos de corrupción o soborno sean puestas en su conocimiento y de ordenar las investigaciones que sean procedentes con el fin de identificar las fuentes que permitieron la materialización de los riesgos y retroalimentar a los respectivos dueños de procesos sobre esas vulnerabilidades.
Presidencia. La Presidencia, será la responsable de la implementación de la política, procurando, motivando y facilitando su incorporación en los modelos de gestión de la empresa. Para ello se adelantarán los programas de trasformación cultural necesarios para que esta política, más que un requisito normativo interno, se consolide como parte de la filosofía y cultura institucional.
4. Disposiciones Fundamentales de las Leyes Anticorrupción
Los empleados no pueden recibir, ofrecer, prometer pagar, pagar o autorizar Pagos Inapropiados a ninguna persona, incluidos Funcionarios de Gobierno, con la intención de obtener o retener negocios, asegurar una ventaja indebida o influenciar en las acciones o decisiones de Oficiales de Gobierno. No podemos solicitar, aceptar o acordar recibir algo de valor, si el artículo está destinado o parece estar destinado a obtener una ventaja comercial indebida.
5. Ayuda, recomendaciones y orientación
LAMSTT pone a disposición de los grupos de interés la línea ética con sus diferentes canales, se garantiza total independencia, transparencia y confidencialidad y confiabilidad. Toda denuncia o consulta que sea elevada a la Junta Directiva podrá ser expuesta en forma anónima y en caso de que quien interponga la misma desee identificarse, LAMSTT se compromete con la protección al denunciante y a garantizar un ambiente libre de represalias.
Línea ética
Se alienta a todos los colaboradores, proveedores, clientes para hacer preguntas, buscar orientación y reportar cualquier infracción, sospechada o conocida, ya sea a este Código, o infracciones reales o potenciales a las leyes, reglamentos, estatutos y demás políticas de la organización.
Para compartir información o inquietudes respecto de los principios éticos, deben seguirse los conductos regulares, iniciando por el jefe inmediato, la Junta Directiva o la Presidencia. LAMSTT pone a disposición de todos los grupos de interés, diferentes canales para acceder a la línea ética, como son:
- Línea telefónica: +57 1 8764675
- Correo electrónico:
- Web: https://lamstt.org/es/contactenos
LAMSTT llevará a cabo una revisión y/o investigación completa, imparcial y exhaustiva, según corresponda, de todas las denuncias, haciendo su mayor esfuerzo en todo momento para proteger la privacidad y dignidad de los colaboradores y de cualquier otra persona externa involucrada.
6. Acciones disciplinarias y violaciones
El cumplimiento de lo establecido en la política es obligatorio para todos los empleados, cualquier incumplimiento deliberado o intencional de la misma será considerado falta grave y serán sancionados conforme a los reglamentos internos, sin perjuicio de lo contemplado en las leyes locales.
7. Vigencia
Esta Política será revisada anualmente por la(s) Junta(s) Directiva(s), y cualquier cambio será comunicado a todos los colaboradores, así como a los grupos de interés a través de la publicación que de la misma en nuestro portal web o cualquier otro medio de comunicación que se determine. La Política entrará en vigencia una vez sea publicado y previa aprobación formal de la Junta Directiva.